Las empresas deberán ofrecer guarderías para los hijos de sus empleados

Mediante un decreto, Alberto Fernández reglamentó cómo se debe cumplir el artículo de la ley de Contrato de Trabajo -sancionada en 1974- referido a salas maternales y guarderías en los espacios laborales. Hasta ahora, ese punto quedaba a consideración de cada empleador

 

 

 

La ley de Contrato de Trabajo fue sancionada en 1974, pero uno de sus artículos había quedado librado a consideración de cada empleador, hasta ahora. El Gobierno reglamentó, 48 años después, cómo se debe implementar el artículo referido a la habilitación de guarderías y salas maternales en los espacios laborales, lo cual beneficiará a miles de trabajadores con hijos.

A través del Decreto 144/2022, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el presidente Alberto Fernández estableció el modo en que se aplicará el Artículo 179 de la Ley 20.744, que otorga el beneficio de la sala maternal en los trabajos, o el pago de una suma de dinero no remunerativa por ese concepto.

De esta forma, a partir de ahora las empresas deberán poner a disposición guarderías y salas maternales para el cuidado de los hijos de los trabajadores, en caso de que tengan al menos 100 empleados. Será para niños de entre 45 días y 3 años de edad.

“En los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan”, señala el artículo de la ley sancionada en 1974.

Sin embargo, como el Poder Ejecutivo —tanto en dictadura como en democracia— nunca reglamentó ese artículo, el beneficio quedó circunscripto a lo que definieran los convenios colectivos o a una negociación personal entre los empleadores y sus empleadas mujeres con hijos.

Ante esa situación, que demoró 48 años, en octubre pasado la Corte Suprema había ordenado al Gobierno que concluyera con los pasos administrativos para establecer el modo en que se llevaría a la práctica el Artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo: el máximo tribunal le había dado 90 días hábiles para cumplir con la sentencia.

La medida se complementa con leyes que el Gobierno espera que se aprueben este año: el Sistema Integral de Cuidados y la extensión de las licencias por paternidad, así como el derecho a licencias para familias adoptantes.

 

Guarderías en los trabajos: cómo se cumplirá

“En los establecimientos de trabajo donde presten tareas 100 personas o más, independientemente de las modalidades de contratación, se deberán ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y tres años de edad, que estén a cargo de los trabajadores y las trabajadoras durante la respectiva jornada de trabajo”, estableció el decreto de este miércoles.

En caso de no contar con esas salas, en los Convenios Colectivos de Trabajo podrá preverse el reemplazo de la guardería en el lugar de trabajo por “el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados”.

La falta de cumplimiento de dicha obligación se considerará “una infracción laboral muy grave”, mientras que el beneficio correrá para “todas las personas que trabajan, con independencia de su género”, ya que la ley original lo planteaba como un derecho únicamente para mujeres.

La implementación del artículo ya reglamentado “será exigible transcurrido el plazo de un año a partir de su entrada en vigencia”.

“A diferencia de lo que pretendía la ley (poner espacios de cuidado en función de cuantas trabajadoras mujeres había) la reglamentación lo hace en relación total de personas”, lo cual evita que se “discrimine más” a las mujeres o que se piense que contratarlas “es más caro”, consideró la economista Lucía Cirmi, directora nacional de Políticas de Cuidado en el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

La nueva medida “asegura que no sólo se resuelva el cuidado para los trabajadores, sino que lxs chicxs reciban la calidad de cuidado que necesitan”, y además “ofrece flexibilidad ya que se puede compartir espacio con otras empresas a 2KM” o se puede optar por “subsidiar parte del gasto de cuidado que cada trabajador resuelve individualmente”.

El reemplazo del servicio de guarderías por el subsidio “también promueve la registración de las trabajadoras de casas particulares, ya que se las debe declarar para recibir el subsidio, así como que los espacios de jardines maternales tengan todo en regla y puedan declararse como tales”, destacó Cirmi.

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